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Discriminación y Comunidad gitana 2017
Sentencia del TEDH:
Caso de Adam v. Eslovaquia
Esta sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Hu-
manos (referencia 68066/12) emitida el 26 de julio de
2016 condenó al Estado de Eslovaquia, por vulneración
del artículo 3 de la Convención, en lo que respecta a una
falta de una investigación adecuada por las autoridades
eslovacas.
En diciembre de 2010 un chico gitano de 16 años y de
origen eslovaco, fue arrestado y detenido en la comi-
saría de policía en Bidovce (Eslovaquia), en relación a la
investigación sobre un atraco. El joven denunció que,
durante el interrogatorio, había sido abofeteado en la
cara y golpeado en la cabeza. Además, añadió que no le
permitieron sentarse, tampoco le proporcionaron ningún
alimento ni bebida y fue sometido a presión psicológica.
Aunque el Tribunal consideró que no hubo violación del
Art. 3 de la Convención, en referencia al trato inhuma-
no o degradante, en relación a la denuncia del joven
por haber sido abofeteado por los agentes de policía,
mientras estaba detenido, el Tribunal sí considero vul-
neración del artículo 3 en lo que respecta a la falta de
investigación adecuada de la declaración presentada
por el joven por maltrato.
El Tribunal observó que las autoridades eslovacas, en
relación a la investigación sobre la declaración del joven,
desplazaron la carga de la prueba al propio demandan-
te. Además, las autoridades no tomaron medidas para
eliminar las inconsistencias de las diferentes versiones,
ni interrogaron a los posibles testigos, ni a los agentes
policiales acusados ni al médico que había tratado al jo-
ven, tras su liberación.
El Tribunal dictaminó que se debía haber tenido en
cuenta el carácter delicado de la situación de las per-
sonas gitanas en Eslovaquia en ese momento y que las
autoridades no habían realizado todo lo que razonable-
mente se espera de ellas para investigar las acusaciones
de maltrato del demandante.
El Tribunal condenó a Eslovaquia a pagar al joven 4,500
euros.
La sentencia se puede consultar íntegramente, en inglés:
h t t p : / / h u d o c . e c h r . c o e . i n t / e n g - press?i=003-5447219-6828020Sentencia del TEDH:
Caso de Bagdonavicius y otros v. Rusia
En esta sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Hu-
manos (referencia 19841/06) de 11 de octubre de 2016
condena a Rusia por vulnerar el artículo 8 de la Conven-
ción, artículo que protege el derecho a la vida privada
y familiar.
El caso hace referencia al desalojo forzoso y la demoli-
ción de las casas de seis familias gitanas que vivían en el
pueblo de Dorozhnoye, Región de Kaliningrand, desde
hacía décadas. Los demandantes son 33 personas per-
tenecientes a esas 6 familias gitanas que denunciaron
que los desalojos y la demolición de sus casas, llevada
a cabo en 2006, habían vulnerado su derecho al respeto
a la vida familiar y privada.
El TEDH estableció que se había producido una violación
del art. 8 del Convenio, que establece el derecho al respeto
a la familiar y privada, reconociendo que los demandantes,
durante el desarrollo del procedimiento, no tuvieron el be-
neficio del examen de proporcionalidad en la injerencia que
supone el desalojo forzoso respecto a la vida privada y
familiar. No tuvieron en cuenta las posibles consecuencias
del desalojo y demolición de sus casas.
En consecuencia, el Tribunal consideró que las autorida-
des nacionales no llevaron a cabo verdaderas consultas
con los demandantes acerca de las posibilidades de re-
alojo, en base a sus necesidades y anteriormente a que
se produjeran los desalojos forzosos.
El tribunal condenó a Rusia a indemnizar a las víctimas
con 8.000 euros.