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Discriminación y Comunidad gitana 2017

Sentencia del TEDH:

Caso de Adam v. Eslovaquia

Esta sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Hu-

manos (referencia 68066/12) emitida el 26 de julio de

2016 condenó al Estado de Eslovaquia, por vulneración

del artículo 3 de la Convención, en lo que respecta a una

falta de una investigación adecuada por las autoridades

eslovacas.

En diciembre de 2010 un chico gitano de 16 años y de

origen eslovaco, fue arrestado y detenido en la comi-

saría de policía en Bidovce (Eslovaquia), en relación a la

investigación sobre un atraco. El joven denunció que,

durante el interrogatorio, había sido abofeteado en la

cara y golpeado en la cabeza. Además, añadió que no le

permitieron sentarse, tampoco le proporcionaron ningún

alimento ni bebida y fue sometido a presión psicológica.

Aunque el Tribunal consideró que no hubo violación del

Art. 3 de la Convención, en referencia al trato inhuma-

no o degradante, en relación a la denuncia del joven

por haber sido abofeteado por los agentes de policía,

mientras estaba detenido, el Tribunal sí considero vul-

neración del artículo 3 en lo que respecta a la falta de

investigación adecuada de la declaración presentada

por el joven por maltrato.

El Tribunal observó que las autoridades eslovacas, en

relación a la investigación sobre la declaración del joven,

desplazaron la carga de la prueba al propio demandan-

te. Además, las autoridades no tomaron medidas para

eliminar las inconsistencias de las diferentes versiones,

ni interrogaron a los posibles testigos, ni a los agentes

policiales acusados ni al médico que había tratado al jo-

ven, tras su liberación.

El Tribunal dictaminó que se debía haber tenido en

cuenta el carácter delicado de la situación de las per-

sonas gitanas en Eslovaquia en ese momento y que las

autoridades no habían realizado todo lo que razonable-

mente se espera de ellas para investigar las acusaciones

de maltrato del demandante.

El Tribunal condenó a Eslovaquia a pagar al joven 4,500

euros.

La sentencia se puede consultar íntegramente, en inglés:

h t t p : / / h u d o c . e c h r . c o e . i n t / e n g - press?i=003-5447219-6828020

Sentencia del TEDH:

Caso de Bagdonavicius y otros v. Rusia

En esta sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Hu-

manos (referencia 19841/06) de 11 de octubre de 2016

condena a Rusia por vulnerar el artículo 8 de la Conven-

ción, artículo que protege el derecho a la vida privada

y familiar.

El caso hace referencia al desalojo forzoso y la demoli-

ción de las casas de seis familias gitanas que vivían en el

pueblo de Dorozhnoye, Región de Kaliningrand, desde

hacía décadas. Los demandantes son 33 personas per-

tenecientes a esas 6 familias gitanas que denunciaron

que los desalojos y la demolición de sus casas, llevada

a cabo en 2006, habían vulnerado su derecho al respeto

a la vida familiar y privada.

El TEDH estableció que se había producido una violación

del art. 8 del Convenio, que establece el derecho al respeto

a la familiar y privada, reconociendo que los demandantes,

durante el desarrollo del procedimiento, no tuvieron el be-

neficio del examen de proporcionalidad en la injerencia que

supone el desalojo forzoso respecto a la vida privada y

familiar. No tuvieron en cuenta las posibles consecuencias

del desalojo y demolición de sus casas.

En consecuencia, el Tribunal consideró que las autorida-

des nacionales no llevaron a cabo verdaderas consultas

con los demandantes acerca de las posibilidades de re-

alojo, en base a sus necesidades y anteriormente a que

se produjeran los desalojos forzosos.

El tribunal condenó a Rusia a indemnizar a las víctimas

con 8.000 euros.