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Discriminación y Comunidad gitana 2014
organismos internacionales como la Agencia Europea
de Derechos Fundamentales (FRA), el Comisión Europea
contra el Racismo y la Intolerancia (ECRI)
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, entre otros. La
legislación estatal y europea
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en esta materia tiene que
desarrollarse y aplicarse seriamente en nuestro Estado
por parte de los diversos actores jurídicos implicados
en esta materia. No resulta complicado hacerlo, pero
hasta ahora la jurisprudencia brilla en este punto por su
ausencia. Tenemos que aprovechar las 50 fiscalías pro-
vinciales de delitos de odio y discriminación que velan
por esta materia, siendo necesario el trabajo conjunto
con nuestros cuerpos policiales, judiciales y las organi-
zaciones que trabajamos con las potenciales víctimas
de odio y discriminación.
Nuestro Estado está construyendo este engranaje; es-
tamos dando pasos a través de la creación de protoco-
los policiales que vienen acompañados de una formación
especializada a este sector profesional, pero debemos
avanzar con fimeza y seriedad. No es difícil ni caro es-
tablecer un buen sistema de defensa de las víctimas de
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http://www.coe.int/t/dghl/monitoring/ecri/activities/GPR/EN/Recommendation_N13/REC13-2011-37-ESP.pdf
4 DIRECTIVA 2012/29/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de
25 de octubre de 2012 por la que se establecen normas mínimas sobre los
derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos, y por la que
se sustituye la Decisión marco 2001/220/JAI del Consejo.
los delitos de odio y discriminación, pero es vital contar
con la voluntad política, la formación y sensibilización en
esta materia de los actores implicados para generar un
sistema de protección potente, utilizando, quizá, como
modelo el de la protección contra la violencia de género
en nuestro país. Es el momento de que las víctimas de
delitos de odio sean defendidas, protegidas y resarci-
das como merecen, dado que hasta ahora, como bien
sabemos, muchas víctimas no denuncian, esconden su
voz, y viven en silencio la lesión de sus derechos, por
miedo a las represalias, por falta de confianza en el sis-
tema de defensa, por asimilar el rechazo.
Como profesional del derecho, creo que una adecuada
aplicación de la legislación ante la comisión de un hecho
delictivo corrige los comportamientos ilícitos, educa
en la no permisividad de los mismos, y, por lo tanto,
previene la vulneración de derechos de las personas. En
mi opinión, es el camino que nos falta por emprender
en esta materia, y nuestros jueces y fiscales tienen un
papel fundamental que desarrollar.