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Discriminación y Comunidad gitana 2016

Nueva recomendación

de ECRI sobre discurso

de odio

La ECRI acaba de publicar una nueva recomendación so-

bre la necesidad de combatir el discurso de odio

(ECRI GENERAL POLICY RECOMMENDATION NO. 15 ON

COMBATING HATE SPEECH, 8 diciembre de 2015).

ECRI define el discurso de odio como:

«[…] todas las formas de expresión que propagan, inci-

tan, promueven o justifican el odio racial, la xenofobia,

el antisemitismo y otras formas de odio basadas en la

intolerancia, entre otras, la intolerancia expresada por el

nacionalismo agresivo y el etnocentrismo, la discrimina-

ción y la hostilidad contra las minorías, los inmigrantes y

las personas de origen inmigrante.»

En nuestra sociedad actual, que evoluciona constan-

temente, el crecimiento de los delitos de odio se ha

producido, en parte, por la difusión a través de Internet

y de las distintas redes sociales, que tanto seguimiento

tienen entre la juventud.

El llamado

discurso del odio

o

hate speech

ya no se

difunde como antaño, de modo presencial y a través

de conferencias o discursos ante un público que acu-

día expresamente al acto, organizado y publicitado de

antemano. En la actualidad, muchos grupos criminales

se aprovechan de las nuevas tecnologías a tal fin, por la

gran difusión masiva que en poco tiempo y con poco

esfuerzo pueden llevar a cabo, ya que su contenido lle-

ga a millones de usuarios a través de sus dispositivos

electrónicos.

Esta Recomendación supone un completo análisis de

todos los ámbitos donde se produce el discurso de

odio. Explica el contexto en el que éste se produce, los

conflictos con la libertad de expresión, cómo generar

contra narrativas, jurisprudencia, medidas de apoyo a

las personas objeto de estos discursos, cómo abordar-

lo en medios de comunicación e internet, las responsa-

bilidades de las administraciones y de las empresas, y

el tipo de sanciones y de abordajes judiciales posibles.

Un apartado importante de la Recomendación es aquél

en el que insta a las

autoridades públicas y a las empre-

sas de internet

a trabajar conjuntamente en el control

y persecución de este tipo de discursos en internet

y en las redes sociales.

Nuestra experiencia en la lucha

contra los discursos de odio antigitanos es que resulta

muy difícil retirar páginas webs con contenidos de este

tipo,

a pesar de las denuncias presentadas. Es necesario

avanzar en un protocolo más claro y eficaz que puedan

aplicar los operadores jurídicos, y para ello el trabajo

coordinado con las empresas proveedoras de servicios

de internet es fundamental.

Esperamos que esta recomendación sirva para lograr

una mayor sensibilización de las empresas, adminis-

traciones públicas, policías y servicios judiciales para

abordar de forma más eficaz el fenómeno del discurso

de odio.

La recomendación se puede descargar en inglés y en

francés:

https://www.coe.int/t/dghl/monitoring/ecri/activities/ GPR/EN/Recommendation_N15/REC-15-2016-015-ENG. pdf http://www.coe.int/t/dghl/monitoring/ecri/activities/ GPR/EN/Recommendation_N15/REC-15-2016-015-FRE. pdf

Jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Huma-

nos sobre discurso de odio:

http://www.echr.coe.int/Documents/FS_Hate_ speech_ENG.pdf

.