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El Ingreso Mínimo Vital no puede dejar desprotegidas a las unidades de convivencia más jóvenes [editar]

Comunicado de la Fundación Secretariado Gitano

25 de Mayo de 2020
FSG

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Desde la Fundación Secretariado Gitano (FSG) valoramos muy positivamente el anuncio de la aprobación en Consejo de Ministros esta semana del Decreto Ley por el que se establece un Ingreso Mínimo Vital (IMV) que garantice ingresos suficientes a los hogares más desprotegidos.

Creemos que este mecanismo puede ser la mejor herramienta para erradicar, prioritariamente, la pobreza extrema, y reducir la pobreza.  Así, el objetivo principal en la configuración del IMV debe ser llegar a los hogares más vulnerables, aquellos que no tienen cobertura social y que, como el 46% de las familias gitanas, se encuentran en situación de extrema pobreza.

La percepción del Ingreso Mínimo Vital debe responder a criterios objetivos basados en el nivel de ingresos, no debe estar sujeta a ninguna contraprestación, y debe ser progresiva en función del tamaño familiar: a más personas, mayor cuantía, primando el número de menores a cargo y con el mismo coeficiente por hijo o hija.

Sin embargo, desde la FSG creemos que la propuesta que baraja el Gobierno respecto al criterio de la edad, entre los 23 y los 65 años, deja fuera a un perfil de jóvenes que contraen matrimonio o se unen como parejas de hecho e inician unidades de convivencia a una edad temprana. Una realidad que se da precisamente en los sectores más vulnerables de la sociedad, en los que la pobreza y la exclusión tienen mayor incidencia. De ninguna manera el IMV puede dejar desprotegidas a estas personas, por eso proponemos rebajar la edad de los 23 a los 20 años, reconociendo así una realidad existente de personas jóvenes que, en la mayoría de los casos, ni estudian ni trabajan, y se encuentran desprotegidas.

La puesta en marcha del IMV debe venir acompañada de otras iniciativas y mecanismos que ofrezcan oportunidades para la activación de las personas perceptoras, y muy especialmente para los perfiles más jóvenes. La activación de las personas debe contemplarse no solo como una oportunidad, sino como un derecho subjetivo que deben garantizar los poderes públicos. Son las Comunidades Autónomas quienes tienen la responsabilidad de aplicar y garantizar ese derecho. 

Creemos que el IMV debe diseñarse de manera que las personas perceptoras dispongan de las oportunidades adecuadas para su activación, promoviendo incentivos para la posterior incorporación al mercado laboral en condiciones dignas. El IMV no puede generar una sociedad dualizada, donde una parte de las personas se vean abocadas irremediablemente a un horizonte personal marcado por la percepción de una prestación, sino que tiene que generar oportunidades e incentivos.  El derecho a la activación debe adaptarse a las distintas situaciones para dar respuestas adecuadas. Llegar al perfil de las personas con indicadores de pobreza más estructurales va a requerir de la puesta en marcha de itinerarios sociopersonales y prelaborales muy especializados y adaptados a la persona y sus circunstancias, teniendo siempre en cuenta la perspectiva de género y las barreras añadidas que tienen las mujeres, y muy especialmente las mujeres gitanas.

Además, hay que generar alternativas en el mercado laboral. Un IMV debe ser un instrumento que garantice ingresos suficientes para que las personas puedan alcanzar las condiciones sociopersonales necesarias como para acceder al mercado laboral con empleos de calidad. En paralelo a la puesta en marcha del IMV deben potenciarse las políticas activas de empleo, priorizando a las personas y grupos más vulnerables, especialmente jóvenes, precisamente para que puedan abandonar la percepción de esta prestación con garantía de ingresos laborales suficientes, siempre por encima del umbral de pobreza.

Para ello, se deben promover:

1) Actuaciones que permitan alcanzar al conjunto de la ciudadanía niveles educativos suficientes, invirtiendo en programas y acciones de educación de calidad que garanticen que todos los jóvenes terminan la educación obligatoria y continúan a estudios post-obligatorios;

2) Medidas adaptadas de formación y empleo para facilitar el proceso de inserción laboral, teniendo en cuenta la perspectiva de género;

3) Combatir la precariedad laboral, estableciendo un marco regulador que garantice el ejercicio del derecho a un empleo de calidad y a un salario digno.

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