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Un Juzgado condena a Lagarder Danciu por delitos de injurias y calumnias contra la Fundación Secretariado Gitano y su Presidente[editar]

30 de Julio de 2019
Fundación Secretariado Gitano

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El Juzgado de lo Penal nº 9 de Madrid ha condenado a D. Lagarder Danciu por verter y difundir de manera “maliciosa y continuada” informaciones falsas sobre la Fundación Secretariado Gitano y su fundador y Presidente, D. Pedro Puente. En dichas afirmaciones “gratuitas e infundadas”, publicadas entre agosto de 2014 y noviembre de 2015 en diversas páginas web y plataformas de internet, el Sr. Danciu aseguró que la FSG había incurrido en fraudes e irregularidades en el cobro de subvenciones, lo que habría permitido supuestamente a D. Pedro Puente enriquecerse de manera injusta.

Antes de iniciar esta “auténtica campaña difamatoria”, el Sr. Danciu, tal y como recogen los hechos probados de la Sentencia, había presentado su candidatura, sin éxito, en varios procesos de selección de la Fundación Secretariado Gitano. A lo largo del juicio el condenado fue incapaz de ofrecer un solo dato sobre las fuentes de información, lo que ha llevado a la jueza de instancia a concluir que el condenado actuó guiado por el ánimo de injuriar y calumniar, y siendo plenamente consciente de que las informaciones que publicaba no eran ciertas.

Según la Sentencia de instancia, estas falsedades lesionaron de manera continuada la dignidad, el prestigio y la reputación de la FSG y de su presidente D. Pedro Puente, utilizando expresiones tales como “corruptos, infectos” o “casta gitana”. La jueza de instancia asegura en su resolución que “este tipo de expresiones que mancillan el honor no aportan absolutamente nada” al discurso del autoproclamado activista y “dicen muy poco de las personas que las profiere”.

Por todos estos hechos, D. Lagarder Danciu es condenado como autor de un delito continuado de calumnias e injurias a una pena de 21 meses a razón de 8 euros al día, con responsabilidad personal subsidiaria (esto es, con posibilidad de ingresar en prisión) en caso de impago.

La sentencia todavía no es firme dado que frente a ella cabe recurso de apelación. No obstante, según fuentes jurídicas consultadas, de interponerse recurso, este tendría mínimas posibilidades de prosperar, habida cuenta de la solidez del razonamiento de la Sentencia dictada en primera instancia y de que el condenado no negó ni la autoría ni la publicidad de las informaciones calumniosas.

Desde la Fundación Secretariado Gitano acogemos con mucha satisfacción este fallo judicial. Respetamos la libertad de expresión, incluida la de quienes tienen una actitud crítica hacia nuestra organización. Ahora bien, no podemos permitir que se viertan informaciones falsas y calumniosas sobre nuestra entidad o las personas relacionadas con ella; este tipo de conductas no son activismo social sino delitos frente a los que estamos dispuestos a actuar. Apelamos igualmente a los medios de comunicación a contrastar previamente las informaciones que publican, puesto que esta campaña difamatoria del Sr Danciu contra la Fundación Secretariado Gitano y su Presidente encontró eco en algunos medios de comunicación. VOLVER A LA SALA DE PRENSA