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El antigitanismo se recogerá como delito de odio en el Código Penal [editar]

01 de Junio de 2022
FSG Igualdad y Lucha contra la discriminación

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El antigitanismo se recogerá como delito de odio en el Código Penal
  • Esta enmienda a la Ley de Igualdad de Trato introduce una disposición final por la que se modifica el Código Penal para incluir el antigitanismo entre los motivos que pueden dar lugar a delitos de odio.
  • La iniciativa, aprobada con un amplio consenso de 293 votos a favor y 50 abstenciones, continuará ahora su tramitación parlamentaria en el Senado.
  • Desde la Fundación Secretariado Gitano aplaudimos este hito histórico, que veníamos demandando desde hace años, y que ha sido posible gracias al impulso de diputados gitanos en el Congreso.

El pleno del Congreso de los Diputados aprobó el pasado 26 de mayo una enmienda de carácter orgánico a la Proposición de Ley Orgánica complementaria de la Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995 del Código Penal.

Se trata de una enmienda que cambiará el Código Penal introduciendo el antigitanismo como uno de los motivos contemplados expresamente para considerar que un delito tiene el carácter de delito de odio. Esto supondrá la modificación del artículo 22, excepción 4ª, sobre las circunstancias que agravan la responsabilidad criminal por cometer un delito con motivaciones discriminatorios y los puntos 1 y 2 del artículo 510, en el que se regula el discurso de odio.

Aprobación con un amplio consenso político

La iniciativa, que ha contado con 293 votos a favor y 50 abstenciones, ha alcanzado, con creces, la mayoría absoluta necesaria en el Congreso por su carácter orgánico. Para la FSG, este amplio consenso político tiene un valor fundamental: el de trasladar a la comunidad gitana que, desde un amplio espectro de posicionamientos e ideologías políticas, cuentan con el apoyo de nuestros representantes legislativos.

De este modo, y a través de dicha modificación, se podrá castigar con una pena de prisión de uno a cuatro años y multas de seis a doce meses, a quienes públicamente promuevan o inciten al odio, discriminación o a la violencia “por motivos antigitanos”. Además, se prevé que cuando se cometa cualquier tipo de delito regulado en nuestro código penal “por motivos antigitanos” la pena será superior a cuando no exista una motivación discriminatoria.

Deuda histórica con el Pueblo Gitano

Este reconocimiento del antigitanismo como una motivación de odio expresamente previsto en el Código Penal no sólo está perfectamente alineado con las recomendaciones europeas en la materia, sino que contribuye a reparar las violaciones de derechos humanos con motivación antigitana cometidas en el pasado. Se trata, en definitiva, de un hito histórico para el Pueblo Gitano, históricamente reprimido por las instituciones y las leyes, y que al fin encuentra en la normativa vigente un reconocimiento a la discriminación sufrida, así como una protección específica brindada por la normativa y los tribunales.

Aprobación definitiva

El 22 de junio, tras su votación en el Senado, las Cortes Generales han aprobado definitivamente la Proposición de Ley Orgánica complementaria de la Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, del Código Penal.

Intervención Sara Giménez, Congreso de los Diputados 26.05.2022
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