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Mujer gitana demanda a España ante el Tribunal de Estrasburgo por denegarle la pensión de viudedad [editar]

Es la segunda vez que la Fundación Secretariado Gitano eleva un caso a la Justicia europea por discriminar a una viuda casada por el rito gitano

02 de Agosto de 2021
FSG Igualdad y Lucha contra la discriminación

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Mujer gitana demanda a España ante el Tribunal de Estrasburgo por denegarle la pensión de viudedad
  • La Fundación Secretariado Gitano (FSG) ha apoyado a una mujer gitana llamada Joaquina Cortés Cortés en su demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, a quien el Instituto Nacional de la Seguridad Social y los tribunales niegan el derecho a percibir la pensión de viudedad aduciendo la falta de inscripción su matrimonio o pareja de hecho.
  • En 2009 la FSG ya obtuvo una Sentencia del Tribunal Europeo en la que se condenaba a España por discriminar a otra mujer gitana en un caso prácticamente idéntico, por lo que la demandante, tras acudir a todas las instancias judiciales disponibles en España, ha solicitado el apoyo de la fundación para fundamentar su caso en Estrasburgo.
  • La organización espera que este caso sirva para que la normativa española se modifique para que casos como estos, de discriminación indirecta e interseccional, no vuelvan a producirse y que mujeres en situación de vulnerabilidad puedan tener acceso a su pensión de viudedad.

La Fundación Secretariado Gitano ha apoyado en su demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos a una viuda gitana casada por el rito tradicional en época preconstitucional, a quien las autoridades no reconocen su derecho a cobrar la pensión de viudedad por no haber inscrito o registrado su matrimonio.

La historia de Joaquina Cortés

Joaquina Cortés Cortés se casó en 1974, en época preconstitucional, siendo menor de edad, y convivió con su marido hasta su fallecimiento en 2014. El matrimonio tuvo cinco hijos, todos ellos inscritos en el mismo Libro de familia. Tanto Joaquina como su marido, ambos prácticamente analfabetos, estaban convencidos de que su relación matrimonial era oficial, confiando en todo momento en que, en caso de fallecer él antes que ella, percibiría una pensión devengada por su marido por sus más de 28 años cotizados en la seguridad social.

Sin embargo, cuando esta mujer, dedicada durante toda su vida a los cuidados y crianza de su familia, fue a solicitar el cobro de la pensión de viudedad, le fue denegada por no reunir el requisito formal de haber inscrito su matrimonio. Esta mujer recurrió, con la ayuda de Juan Pablo Mola, un abogado amigo de la familia, ante varias instancias judiciales. Una de ellas, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, le dio la razón, dictaminando que la denegación de la pensión de viudedad sería discriminatoria dada la situación personal de la demandante. Posteriormente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social recurrió ante el Tribunal Supremo, que resolvió en sentido contrario, lo que llevó a Joaquina a recurrir en amparo ante el Tribunal Constitucional, que dictó sentencia desestimatoria en enero de este año, insistiendo en que la denegación de la pensión de viudedad no constituye discriminación.

Llegada a este punto, Joaquina Cortés se puso en contacto con la Fundación Secretariado Gitano, pidiendo su apoyo para elevar su caso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, dada la experiencia de esta entidad en litigios estratégicos de discriminación de la comunidad gitana, incluido un caso muy similar, el de María Luisa Muñoz Díaz (“La Nena”).

El precedente: el caso de María Luisa Muñoz Díaz (“La Nena”)

A María Luisa Muñoz Díaz (conocida en su entorno como “La Nena”), gitana casada por el rito tradicional en época preconstitucional, le pasó lo mismo que a Joaquina Cortés. A ella también le denegaron las autoridades españolas el acceso a la pensión de viudedad, pese a que su marido había devengado con su cotización ese derecho para su mujer, por no haber inscrito su matrimonio. La FSG, que había apoyado su caso desde el principio, acabó llevándolo ante el Tribunal de Estrasburgo que finalmente condenó a España por haber discriminado a esta mujer, por no haber atendido a sus circunstancias personales, incluida su pertenencia a la comunidad gitana. Se le reconoció, finalmente, su derecho a la pensión de viudedad.

Discriminación indirecta e interseccional

En la demanda ante el Tribunal de Estrasburgo se cuestiona que los tribunales españoles no hayan aplicado la jurisprudencia del caso de Muñoz Díaz en este caso, prácticamente idéntico, y que se haya puesto en tela de juicio la buena fe de Joaquina Cortés. Se insiste en que la denegación de la pensión de viudedad es un claro ejemplo de discriminación indirecta, al tratarse de una aplicación ciega de un requisito legal, sin tener en cuenta las circunstancias personales de esta mujer gitana. Asimismo, se insiste en que se trata de una discriminación de carácter interseccional, en la que entra en juego no sólo su origen étnico gitano, sino también su condición de mujer y los roles de cuidado ejercidos a lo largo de toda su vida, su escaso nivel formativo y su situación de vulnerabilidad socioeconómica.

Cristina de la Serna, Directora del Departamento de Igualdad y Lucha contra la Discriminación de la Fundación Secretariado Gitano, espera que “esta sea la última vez que una mujer en esta situación se vea obligada a recabar justicia fuera de España”. “Estos casos ponen de manifiesto la necesidad de que la normativa en materia de pensión de viudedad sea revisada de manera acorde a los estándares europeos de derechos humanos, garantizando que mujeres mayores gitanas en situación de vulnerabilidad puedan acceder en condiciones de igualdad a sus pensiones de viudedad cuando sus maridos hayan devengado tal derecho”.
Telediario TVE 1 (RTVE)
GITANOS. RNE/Radio Exterior. 18.09.2021

Emitido en Andalucía Directo (Canal Sur) el 17.08.2021

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