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La Fundación Secretariado Gitano da la bienvenida al inicio de la tramitación de la Ley Integral para la Igualdad de Trato y no Discriminación [editar]

El 16 de febrero el Congreso aprobó la toma en consideración de la Proposición de Ley

28 de Enero de 2021
FSG

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La Fundación Secretariado Gitano da la bienvenida al inicio de la tramitación de la Ley Integral para la Igualdad de Trato y no Discriminación

Desde la Fundación Secretariado Gitano (FSG) queremos manifestar nuestra satisfacción por inicio de la tramitación de la Ley Integral para la Igualdad de Trato y no Discriminación, con el registro de una iniciativa parlamentaria del Grupo Socialista el 21 de enero y la aprobación en el Congreso el 16 de febrero de la toma en consideración de la Proposición de Ley para su tramitación.

La FSG ha participado muy activamente en los distintos grupos de trabajo para la elaboración de esta Ley, desde el inicio de sus trabajos preparativos hace doce años y a lo largo de los cuatro intentos previos de tramitación parlamentaria. Esperamos que esta ocasión sea la definitiva y culmine con la entrada en vigor de una norma que consideramos absolutamente indispensable para combatir el antigitanismo y la discriminación que sufre día a día la comunidad gitana.

En efecto, y tal y como venimos documentando desde hace dieciséis años en nuestros Informes anuales “Discriminación y Comunidad Gitana”, en muchas ocasiones las situaciones que enfrentan las personas que acompañamos en sus procesos de denuncia acaban sin una respuesta adecuada de las instituciones. Esto genera en las víctimas una desconfianza en el sistema, agravándose así el fenómeno de la infradenuncia entre la comunidad gitana.

Consideramos que el proyecto normativo que ahora se ha sometido al debate de las Cortes constituirá, una vez se apruebe, un gran avance en la lucha contra el antigitanismo y la discriminación al incorporar dos elementos fundamentales del Derecho antidiscriminatorio, en consonancia con los estándares europeos e internacionales de protección de los derechos humanos: (i) el establecimiento de un régimen sancionador administrativo frente a los incidentes discriminatorios que no constituyen delito, reconociendo además la inversión de la carga de la prueba [1]; y (ii) la creación de un organismo verdaderamente independiente de igualdad de trato con capacidad para prestar asistencia a las víctimas de discriminación y velar por el cumplimiento efectivo de la ley.

Esperamos, en definitiva, que esta Ley, imprescindible desarrollo del artículo 14 de la Constitución Española, pueda aprobarse lo antes posible con las aportaciones de las organizaciones de la sociedad civil y con el apoyo unánime de todos los grupos parlamentarios. Desde la FSG trabajaremos muy activamente, tanto como entidad como en el marco de la Alianza por la Ley de Igualdad de Trato, de la que somos parte.

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[1] Esto significa que cuando la persona denunciante aporte suficientes indicios de haber sufrido discriminación, es la parte denunciada quien tiene que demostrar que no discriminó. Los organismos que velan por la protección de derechos humanos han instado desde hace mucho tiempo a que los Estados apliquen esta inversión de la carga de la prueba en todos los órdenes salvo en el penal en los casos de discriminación, dado que en muchas ocasiones es casi imposible probar la discriminación para las víctimas de estos ilícitos.

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