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Una sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Madrid da la razón a la Fundación Secretariado Gitano en un caso de vulneración de derechos de una familia gitana de La Cañada Real [editar]

La FSG presenta el caso en una rueda de prensa el 5 de junio

05 de Junio de 2019
FSG

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Una sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Madrid da la razón a la Fundación Secretariado Gitano en un caso de vulneración de derechos de una familia gitana de La Cañada Real
  • La sentencia es la consecuencia de un trabajo conjunto de asesoramiento, acompañamiento y representación judicial a la familia Maya Borja. 
  • La Fundación Secretariado Gitano expresa su satisfacción por la Sentencia favorable del TSJM que reconoce la vulneración del derecho fundamental a la intimidad e inviolabilidad del domicilio de una familia de etnia gitana en Cañada Real (Madrid), que fue desalojada para demoler su vivienda sin autorización judicial ni seguir el procedimiento establecido.
  • La Sentencia es el resultado de la Demanda interpuesta por la Fundación Secretariado Gitano por la vulneración de derechos fundamentales ante el Juzgado de lo Contencioso en Madrid.

Comunicado de la Fundación Secretariado Gitano:

Desde la Fundación Secretariado Gitano queremos mostrar nuestra satisfacción por la Sentencia favorable del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que acaba de adquirir firmeza y que reconoce la vulneración del derecho fundamental a la intimidad e inviolabilidad del domicilio de una familia en Cañada Real (Madrid) y establece a su favor una indemnización de un total de 13.000 euros (2.000 euros por adulto y 3.000 euros por cada menor de edad). Este procedimiento judicial ha sido consecuencia de un trabajo integral de asesoramiento, acompañamiento y representación judicial prestado por la FSG a la familia afectada, de etnia gitana.

En fecha 13 de febrero de 2018 la Dirección General de Disciplina Urbanística del Ayuntamiento de Madrid, y en el marco de un operativo policial llevado a cabo en Cañada Real Galiana, desalojó y derribó varias viviendas sin cumplir con el procedimiento legal establecido y sin mediar autorización judicial. Esta actuación fue presenciada por el personal de la FSG. Entre las viviendas afectadas se encontraba la de la familia demandante, formada por un padre, una madre y tres menores de 6, 4 y 1 año de edad.

Ante estas actuaciones, desde la FSG, que lleva casi 10 años trabajando en intervención social en La Cañada Real, hemos acompañado, asesorado y representado a la familia demandante, de etnia gitana, a través de un abogado administrativista de la organización Gentium, en las actuaciones judiciales necesarias para determinar la ilegalidad y la vulneración de derechos fundamentales, que han culminado con la referida sentencia favorable en segunda instancia.

El derecho a la vivienda está reconocido tanto en la normativa internacional de derechos humanos en los Tratados internacionales que España ha ratificado y que forman parte del ordenamiento jurídico interno, de conformidad con el art. 96.1 de la Constitución española y también está regulado en el artículo 47 de la Constitución.

Los desalojos forzosos constituyen violaciones graves de los derechos humanos[1], como es el derecho a una vivienda adecuada, más grave aún si se ven afectados menores. Los desalojos no sólo suponen una vulneración directa del derecho a la vivienda, sino que también tienen impacto en el acceso a otros derechos humanos, tales como el derecho a la educación y el derecho a la salud[2].

Asimismo, debe destacarse que en el caso de la familia demandante, además de haberse incumplido el procedimiento legalmente establecido para proceder al derribo de la vivienda, no se han proporcionado las salvaguardias o alternativas necesarias para garantizar una alternativa de vivienda, tal y como establecen los estándares internacionales de derechos humanos en los casos de desalojos de viviendas[3].

El caso de esta Demanda no es un hecho aislado en Cañada Real Galiana: muchas han sido las familias desalojadas de manera irregular por diversas administraciones. Por ello, con la denuncia de este caso, en el marco de nuestra línea de trabajo de litigio estratégico, hemos querido visibilizar la importancia de reivindicar la defensa de la protección de los derechos  básicos de los colectivos más desprotegidos y pretendemos que sirva de precedente para impedir actuaciones similares en el futuro. Por todo ello, pedimos que, con carácter general, se respete siempre el principio de legalidad en los derribos de viviendas, siguiendo el procedimiento legal establecido y dando posibilidad a las familias afectadas a dirigirse a los tribunales para hacer valer sus derechos. Además, las administraciones deben garantizar que se ofrezca una alternativa de vivienda digna a las personas afectadas por estos derribos, en cumplimiento de los estándares de derechos humanos aplicables y del propio Pacto Regional por la Cañada Real Galiana.

Este caso se enmarca en la trabajo del Departamento de Igualdad de Trato y Lucha contra la Discriminación de la FSG de litigio estratégico, que tiene como objetivo no sólo la protección de las víctimas, sino también sentar jurisprudencia e impulsar la aplicación de la ley en casos emblemáticos de vulneración de derechos. De esta manera, pretendemos que las resoluciones judiciales tengan efectos más allá del caso concreto, y que sirvan para generar cambios positivos en el disfrute de derechos por parte de las personas que conforman la comunidad gitana. 

 

 NOTAS
[1] La práctica de los desalojos forzosos constituye una violación grave a los derechos humanos, en particular al derecho a una vivienda adecuada, de acuerdo con la Resoluciones 1993/77 y 2004/28 de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU.
[2] Tal y como tiene establecido el Comité que vela por el Pacto internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (firmado y ratificado por España), “los desalojos forzosos también puede dar lugar a violaciones de derechos civiles y políticos, tales como el derecho a la vida, el derecho a la seguridad personal, el derecho a la no injerencia en la vida privada, la familia y el hogar, y el derecho a disfrutar en paz de los bienes propios”.
[3] El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas establece que las autoridades también deben asegurarse de que nadie se queda sin hogar o es vulnerable a otras violaciones de los derechos humanos como consecuencia de un desalojo, CDESC, Observación General No. 7. En efecto, el Comité de la ONU que vela por el PIDESC (Comité DESC), en su último examen a España realizado en 2018, instó a las autoridades españolas a asegurar a las personas que son objeto de desahucios “una compensación o la opción de una vivienda alternativa adecuada, sean informadas con un plazo suficiente y razonable de notificación sobre las decisiones que ordenen los desahucios y tengan acceso a un recurso judicial efectivo”.
Entrevista en el programa de radio Gitanos (RNE. Radio Exterior) a Rocío García, responsable de la Fundación Secretariado Gitano (FSG) en Madrid, y Edurne de la Hera, del departamento de Igualdad, sobre la sentencia. 16.06.2019

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